Saltear al contenido principal

Todos Los Cambios En Las Normas Oficiales De Alimentos Y Bebidas Que Trajo 2021

TENDENCIA

Todos los cambios en normas oficiales de alimentos y bebidas que trajo 2021

Recuento de los cambios normativos que ha enfrentado el sector alimenticio este año y lo que podría consolidarse en 2022 para quesos, yogures, jugos y tortillas.

¿Qué tanto cambiaron en 2021 las normativas oficiales? ¿Cuáles productos se vieron afectados? Goula presenta un recuento normativo de esas modificaciones, desde la entrada en vigor de la nueva normativa del etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas, hasta los cambios a regulaciones como las de quesos, yogures, jugos y tortilla.

El botón de alerta del empresariado mexicano no dejó de parpadear en 2021. Apenas se iba de salida de una nueva fase en el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas, cuando resurgió el tema de los quesos: la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía planteó un nuevo proyecto para evaluar a estos lácteos. ¿El problema que buscaba enfrentar? La cantidad extraordinaria, dicen los promotores de los cambios, de quesos que no son queso.

Así, en el transcurso del año, llegaron también noticias de nuevas regulaciones en yogures y jugos. Y cerramos este 2021 (salvo que pase algo más en estos días) con la novedad de que las tortillas también van a revisión.

Te puede interesar: Prepara Secretaría de Economía nueva norma de etiquetado electrónico

2021, cambios en normas oficiales

Adiós, Tigre Toño. Hola, límites de nutrientes aún más estrictos

Esta es ya una vieja conocida de todos. La “Modificación a la NOM-051-SCFI/SSA1-2010” que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en marzo de 2020 y entró en vigor en octubre de ese año. En 2021 siguió adelante con sus disposiciones para el etiquetado frontal y leyendas de productos y bebidas no alcohólicas.

A los famosos octágonos negros, este año se sumó la última etapa de la fase 1 de la NOM-051. A partir del primero de junio, empezaron a aplicarse las sanciones por no retirar los personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas. Hoy todos los alimentos y bebidas preenvasados que tengan al menos un octágono de advertencia ya no pueden tener en sus etiquetas y publicidades a las queridas mascotas.

En julio de este año, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) había realizado 927 visitas de verificación donde inmovilizó 7,367 productos por no acatar los lineamientos requeridos para su comercialización de acuerdo con la NOM-051 de etiquetado. Las categorías en donde se identificaron más faltas fueron duraznos en almíbar, cereales, tostadas, mermeladas, botanas y dulces.

En agosto, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) anunció sanciones a 28 empresas que tenían que pagar, en conjunto, un monto de 1 millón 390 mil 281 pesos por incumplir con la NOM-051.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) también ha estado activa al respecto: hace sólo unos días, aseguró 112 mil 884 productos de las marcas Peperami, Chaparritas y Barrilitos. Las sanciones por incumplir con la NOM-051 prometen dar más noticias el próximo año.

¿Qué viene?

Dos fases más. En octubre de 2023, las limitantes para utilizar nutrientes añadidos considerados como críticos (azúcares, grasas trans, grasas saturadas, calorías y sodio) serán aún más estrictas: los productos con 8 kcal de azúcares libres o más (en la fase 1 el parámetro es 10 kcal) en 100 ml de producto y aquellos con 300 mg de sodio o más (350 mg durante la fase 1) en 100 g de producto deberán ostentar sellos de advertencia.

Para octubre de 2025 iniciará la fase 3: en la evaluación de los nutrimentos críticos se tomarán en consideración la totalidad de ellos en el producto, es decir, se sumará la cantidad de nutrimento que contenga de forma natural y lo añadido en su proceso de elaboración.

Quesos: Sin acuerdos sobre cómo evaluarlos

El camino para regular el mercado mexicano de quesos ha sido complicado. Desde que en enero de 2010 entró en vigor la “NOM-223-SCFI/SAGARPA-2018, Queso-Denominación, especificaciones, información comercial y métodos de prueba”, se han dado tres intentos de Procedimiento para Evaluación de la Conformidad (PEC) para que productores, importadores y autoridades se pongan de acuerdo sobre los métodos de verificación que determinen si un producto es queso o no.

¿Qué sucedió?

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) y la Secretaría de Economía (SE) publicaron el pasado 27 de agosto su más reciente propuesta de PEC. El proyecto contempla esta vez tres vías para ser evaluado:

1. Por lote de producto o familia de producto. Una Unidad de Inspección acreditada realizará visitas a las instalaciones del productor para evaluar de forma aleatoria que los productos cumplen con lo establecido por la NOM-223.

2.Por pruebas periódicas al producto o familia de producto. El productor debe informar a la Unidad de Inspección los productos que pretende evaluar para que ésta programe las visitas de revisión tres veces al año.

3.Por certificación de producto. En este caso se requiere que el responsable del producto acuda a un organismo certificador autorizado para que éste último realice pruebas periódicas al producto y auditorías al proceso de producción. La vigencia de este certificado sería de 3 años.

La Revista del Consumidor de este mes presenta el “Estudio de Calidad de quesos panela”. De inmediato, Profeco anunció que retiraría del mercado a algunos quesos por irregularidades en sus empaques, fórmulas y gramajes. Aún no se define la forma de evaluar a los quesos, pero por lo visto es un tema que le interesa mucho a las autoridades y no quitarán el dedo del renglón.

Te puede interesar:Revisan (otra vez) proceso de evaluación para quesos

¿En qué va?

El proyecto está ya repleto de comentarios en el expediente abierto por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer). Y el aspecto económico asociado al cumplimiento de esta propuesta es, como desde el principio, punto de desencuentro.

“El Proyecto de PEC de la NOM-223 representa cargas desproporcionadas y excesivas que incumplen los compromisos de México ante la Organización Mundial de Comercio”, expone René Fonseca, director general de la Cámara Nacional de Industriales de la Leche (Canilec), en una carta enviada a las autoridades el 30 de septiembre pasado. La recepción de comentarios y las mesas de trabajo continúan.

2021 trajo estos cambios en las normas oficiales de alimentos y bebidas

JUGOS: Nuevos productos y más pulpa

La SE también ha preparado cambios para la “NOM-173-SCFI-2009, Jugos de frutas preenvasados-denominaciones, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba”. La actualización, consideran las autoridades, es necesaria porque existen nuevos productos que se encuentran fuera del alcance de esta NOM y que hoy compiten en el mismo mercado.

¿Qué sucedió?

Aquí la actualización suena lógica no sólo por el tiempo que ha pasado desde la publicación de esta NOM, también porque en esta categoría la innovación sí que se ha hecho presente con nuevos productos. El PROY-NOM-173-SE-2020”, que es el documento que presenta las modificaciones a la norma vigente, agrega a los jugos nuevas denominaciones:

  • Agua de coco
  • Néctares
  • Bebidas con vegetal o fruta, agua de coco o coco u hortaliza o verdura
  • Bebidas saborizadas de vegetal o fruta, agua de coco o coco u hortaliza o verdura

Otra de las novedades es que los néctares deberán contener un mínimo de 25% de jugo, puré y/o pulpa y que las bebidas con jugo y saborizadas deberán de informar el porcentaje real de jugo que contienen al frente del envase.

¿En qué va? 

La propuesta está aún en la etapa de consulta pública en la Conamer, por lo que aún no hay nada en concreto. “Lo que sí podemos decir es que se trata de un producto francamente muy regulado y que es realizado por una industria que busca el bienestar de los consumidores”, nos comentó Jonás Murillo, director general de la Cámara Nacional de la Industria de Conservas Alimenticias (Canainca) hace sólo unas semanas.

Yogures: ¿Contra la innovación o un cambio necesario?

Los yogures que no son yogurt también han estado bajo el escrutinio de la Profeco y, por lo tanto, de la SE. Las autoridades también consideran que es momento de regular más a fondo el mercado.
El 7 de septiembre de este año, se publicó en el “Proyecto de Modificación a la NOM-181-SCFI/SAGARPA-2018, Yogurt-Denominación, especificaciones fisicoquímicas y microbiológicas, información comercial y métodos de prueba”.

¿Qué sucedió?

El plan es agregar las categorías “deslactosado”, “griego” e “imitación yogurt” a la clasificación existente: “natural”, “natural con endulzantes”, “saborizado” y “con fruta y otros alimentos”. El tema comienza a complicarse cuando se llega a la parte de las proteínas: la iniciativa incrementa el porcentaje mínimo de proteína que deben contener para hacerse llamar yogurt de determinada clasificación y subclasificación: el yogurt “saborizado” batido deberá demostrar un mínimo de 2.5% de proteína (en la NOM actual: 2.1%) y el “con fruta y otros alimentos” bebible 2.2% (ahora: 1.60%), entre los cambios más relevantes. Los yogures que no cumplan con las nuevas especificaciones fisicoquímicas propuestas, caerían en la nueva clasificación de “imitación yogurt”. Además, se contemplan nuevos parámetros mínimos de frutas o vegetales que deben contener los yogures y la prohibición de los concentrados de proteínas de leche o caseinatos o concentrado de proteína de suero de leche.

¿En qué va?

En el expediente abierto por la Conamer se manifestó el Consejo de Exportación de Lácteos de Estados Unidos (USDEC, por sus siglas en inglés) de manera contundente. Consideran que esta última medida fue diseñada para afectar la importación de estos ingredientes, lo que califican de incompatible con los principios de No Discriminación y Trato Nacional contenidos en acuerdos comerciales internacionales de los que México es parte, entre ellos el T-MEC.

La industria nacional respalda al organismo estadounidense: “Este proyecto de NOM va en sentido contrario a la innovación. No podemos hacer yogur como hace 20 años”, comentó en su momento René Fonseca, director general de Canilec para Goula.

Te puede interesar: NOM de yogures es discriminatoria, poco competitiva e incompatible con T-MEC: Estados Unidos

Todos los cambios en las normas oficiales de alimentos y bebidas que trajo 2021

Tortilla: Maíces nativos y porcentaje mínimo de maíz

El proyecto de modificación “NOM-187-SSA1/SE-2021” (que planea cancelar la NOM-187-SSA1/SCFI-2002) fue subido a la página de la Conamer el 29 de noviembre pasado. Se trata de cambios a la normatividad que traen una nueva clasificación de los productos derivados del maíz (masa para tortilla, tostadas, cereal y tortilla) y de los productos derivados del trigo (pan, tortilla, pan dulce, pastas, galletas y cereales).

¿Qué sucedió?

Además de la nueva clasificación, el tema de la tortilla es el que llama más la atención por tres novedades:
1. La iniciativa establece que la masa de maíz o harina de maíz (con la que se hacen la mayor parte de las tortillas que se consumen en México) deberá usar, como mínimo, un 90% del grano de maíz del color que digan contener, que puede ser azul, amarillo, blanco, rojo, rosa, naranja, negro, verde o multicolor. Algo que no era considerado en la normativa vigente.
2. Se hace un reconocimiento de los maíces nativos, aquellos que los pueblos indígenas, campesinos y agricultores de nuestro país han cultivado por generaciones. Para ello, se plantea la Acreditación de Maíces Nativos, instrumento con el que se busca la autentificación de estos insumos y que otorgará un certificado.
3. El proyecto prohíbe el uso de colorantes o blanqueadores que tengan como objetivo imitar el color de un ingrediente opcional o el color de un grano de maíz. Pero abre la puerta a que puedan agregarse nuevos ingredientes opcionales, como nopal, frutas, vegetales, chocolates y nueces.

¿En qué va?

La propuesta aún no ha recibido comentarios, pero se mantendrá abierta a la participación de todos los interesados durante los próximos 60 días naturales después de su publicación en la página de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).

Etiquetas

ComercioConsumoIndustria AlimenticiaMéxiconegociosNormas OficialesProcesadossector agroalimentariotendencias
Goula Banner Dez 2022 02

CONTINÚA LEYENDO

TENDENCIAS
En México, Los Aviones Serán Impulsados Por Residuos De Alimentos
Biocombustibles, Industria Alimenticia

En México, los aviones serán impulsados por residuos de alimentos

La industria de la aviación es la más avanzada en uso de biocombustibles. En otras partes del mundo ya se vuela con residuos de alimentos como hueso de aceituna y aceite de cocina, te contamos cómo avanzan las aerolíneas nacionales en ello. *

Volver arriba