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Corte Deberá Resolver Amparos Contra NOM-051

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Prepara Secretaría de Economía nueva norma de etiquetado electrónico

La nueva norma es un complemento al etiquetado físico. Se podrán compartir mensajes de responsabilidad en el consumo. Está por publicarse.

La Secretaría de Economía (SE) tiene prácticamente lista la nueva norma de etiquetado electrónico NMX-R-116-SCFI-2019, Información comercial-etiquetado electrónico general de productos-requisitos y especificaciones.

Se busca que esta herramienta tecnológica sea un método complementario al etiquetado físico, en el que se podrán corregir las inexactitudes de información comercial de una amplia variedad de industrias, entre ellas las pertenecientes al ramo de alimentos y bebidas.

El proyecto es competencia del Comité Técnico de Normalización Nacional de Industrias Diversas de la Secretaría de Economía, instancia que lo aprobó el pasado 31 de agosto. Se encuentra en revisión en el área jurídica en la Dirección General de Normas, por lo que no aún no está disponible, pero puede ser solicitada por los interesados en ella. Superada esta etapa, de la que se esperan ligeros cambios de redacción y estilo, el siguiente paso es su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Goula.lat tuvo acceso a la nueva norma y estos son los aspectos más relevantes.

¿Quiénes tendrán acceso al etiquetado electrónico?

Sólo excluye a los sectores textil, vestido-confección y calzado. Así que el resto de las industrias tendrían a su alcance la etiqueta electrónica. Su cumplimiento, hay que recalcarlo, es opcional, al menos hasta el momento.

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Preparan en Secretaria de Economia norma de etiquetado electronico

¿Qué información podrán compartir las marcas en su etiquetado electrónico?

Los interesados primero deben acercarse a la SE para subir su información comercial al Sistema Integral de Normas y Evaluación de la Conformidad (SINEC). La información comercial que se ofrecerá a los consumidores incluye nombre o denominación del producto, marca o nombre comercial, país de origen del producto, NOM aplicable y nombre, denominación o razón social del responsable del producto, además de sus datos de contacto.

Las empresas podrán incluir información complementaria, como una descripción breve del producto (máximo 300 caracteres), imagen del mismo (con un máximo de 2 megas), instrucciones o sugerencias de uso y mensajes relacionados con responsabilidad social o responsabilidad en el consumo que sean en beneficio del consumidor.

Toda esta comunicación no podrá contener promociones, descuentos ni información que pueda inducir a error al consumidor.

Los datos que se incluyan en la plataforma electrónica SINEC no deben contradecir la información obligatoria expresada en la etiqueta física, con excepción de que exista una inexactitud con los datos impresos.

La evaluación de la conformidad de esta norma mexicana será realizada por la Unidad de Inspección Acreditada (UIA), en términos de la Ley de Infraestructura de la Calidad.

¿Qué se consideran inexactitudes?

Errores ortográficos en la marca o nombre comercial, en el país de origen del producto, en el nombre del distribuidor o en los datos del responsable del producto. Otra posibilidad es que existan modificaciones en la información de éste último y que no se han registrado aún en la etiqueta física: cambios de dirección, de teléfono y/o de correo electrónico, por ejemplo. Para esos casos también está pensado el etiquetado electrónico.

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Nueva norma de etiquetado electrónico data de 2016

Uno de los antecedentes de esta iniciativa se remonta a 2016, cuando el Distrito Federal pasó a llamarse Ciudad de México. Las empresas tardaron en cambiar la denominación de su domicilio en sus empaques, por lo que se planteó la etiqueta electrónica como una solución. El tema parecía más que pactado entre el gobierno y la industria, pero simplemente no se concretó.

La NMX-R-116-SCFI-2019 que promueve ahora la SE no establece cómo los consumidores tendrán acceso al etiquetado electrónico, pero hace cinco años se planeó que fuera a través del código de barras de los productos y de la operación de una aplicación móvil de nombre: NOM. De esa manera a través de sus smartphones, los compradores sólo tendrían que escanear el código para obtener más datos sobre los artículos.

En esta ocasión parece que no habrá marcha atrás. Todo indica que el avance de la tecnología y el mayor acceso a teléfonos inteligentes harán su parte para que el etiquetado electrónico por fin se concrete.

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