El impacto económico que los cambios al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco traerán al sector restaurantero están aún por definirse, pero la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) estima que hay establecimientos que podrían tener un impacto de hasta 40% en sus ventas.
“Depende de las características de cada lugar. Tenemos lugares que sólo tienen una pequeña terraza para fumadores, pero hay otros que se prestan más para la sobremesa larga y la copa entre amigos. A estos últimos, sí les representa pérdidas cuantiosas”, advierte Daniela Mijares, presidenta ejecutiva de la Canirac.
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¿Un reglamento por encima de la Ley? Y que nadie puede cumplir
El 15 de enero pasado, entró en vigor el nuevo reglamento para el control del tabaco en todo el país. Esto a través de un decreto promulgado por el presidente Andrés Manuel López Obrador. El tema le ha quitado el sueño al gremio restaurantero mexicano porque se establece, entre otras cosas, la prohibición de consumo de alimentos y bebidas en sus zonas destinadas para fumar. Lo cual, consideran, en realidad inhabilita por completo su operación en estos espacios.
“El problema de fondo es que este reglamento se está brincando el estado de derecho porque está por encima de lo que dice la ley”, adelanta la presidenta de Canirac.
La última modificación a la Ley General para el Control del Tabaco se realizó en febrero del 2022. Daniela Mijares explica que hasta ese momento no se planteaban normas como las que el nuevo reglamento estipula.
Estos son los cambios que le pegan a bares y restaurantes
El artículo 60 del reglamento señala ahora que las zonas para fumar deben ubicarse en espacios al aire libre. En esas áreas está prohibido ofrecer cualquier servicio o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento, así como llevar a cabo actividades sociales o de esparcimiento. Estas zonas deberán cumplir, entre otras, con las siguientes características:
- Estar físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones y no ser paso obligado para las personas.
- Estar ubicadas en un cerco perimetral de al menos 10 metros de las entradas, accesos, salidas o cualquier lugar obligado donde las personas pasen o se congreguen.
- Los espacios al aire libre no deberán ser mayor al 10% del área total del inmueble o establecimiento.
La presidenta de Canirac comparte que ninguno de sus agremiados puede cumplir con esto. “Es inviable. Se hicieron inversiones muy fuertes para tener los espacios adecuados conforme a ley. Las adecuaciones que podíamos hacer se hicieron con la última modificación a la ley”, insiste.
La viabilidad (y los costos) de un amparo
Las sanciones a las que podrían hacerse acreedores los restaurantes que no cumplan con las nuevas reglas van desde amonestación con apercibimiento (una advertencia) hasta clausuras definitivas, pasando por multas de hasta 4 mil salarios mínimos e incluso arresto por 36 horas.
La Canirac ha invitado a sus agremiados a actuar en contra del reglamento para el control del tabaco y resalta que el amparo es el único camino legal que tienen los restaurantes afectados para protegerse. Incluso, en su página en internet ofrecen una breve lista de despachos de abogados a los que se recomienda acudir.
Ante la pregunta si este recurso legal está al alcance de las microempresas restauranteras, que son el 96% de los establecimientos que conforman su industria, Daniela Mijares afirma que es una estrategia que puede aplicarse para todos, sin importar el tamaño.
“Los despachos que recomendamos tienen la capacidad de actuar a nivel nacional y con tarifarios adecuados para cada uno de los diferentes establecimientos”, asegura la presidenta de Canirac. Mijares explica que existe la posibilidad del amparo individual y grupal. El costo de interponer un amparo, nos comparte, puede iniciar desde 5 mil pesos por restaurante dentro de una demanda grupal. “Desde 5 mil hasta 25 mil, depende de cada despacho”, precisa.
Pablo Chevez, asociado senior de la firma de abogados Basham, Ringe y Correa, plantea uno de los primeros puntos que podrían cuestionarse: la facultad de las autoridades para emitir estos cambios en el reglamento. “Muchas de las prohibiciones que se establecen no están contempladas en ley, lo que podría considerarse una violación a la facultad reglamentaria del titular del poder ejecutivo”, agrega.
Los despachos de abogados también esgrimen que el titular del ejecutivo no puede establecer medidas que van dirigidas a los establecimientos mercantiles, a través de reglamentos como éste, del control del tabaco en todo el país. En opinión de los abogados, la regulación de estos locales está reservada constitucionalmente a las autoridades estatales y municipales.
Para que los restauranteros busquen el amparo, el abogado Chevez encuentra también argumentos sustentados en la libertad de trabajo y en la imposición de barreras de entrada al comercio. “Esto último porque habrá lugares que podrán hacer las adecuaciones que dicta el reglamento, pero habrá otros que no, por la propia naturaleza del establecimiento mercantil, por sus contratos de arrendamiento o por un tema de inversión económica”, explica el litigante.
Lograr el amparo para que un restaurante siga en funcionamiento como hasta ahora, admite Chevez, no será sencillo ni rápido. Sobre todo porque se trata de un tema relacionado con la protección de la salud. La resolución del juicio de amparo puede tomar meses o años.
Sin embargo, el abogado Pablo Chevez explica que en el proceso se puede solicitar la suspensión del acto reclamado, es decir, la pausa de estas nuevas disposiciones para que no sean aplicadas en tanto no se resuelva el juicio de amparo.
“No es una batalla perdida. Consideramos que hay argumentos para ayudarnos a obtener una sentencia favorable a los intereses de los particulares afectados”, considera el abogado de la firma Basham, Ringe y Correa. Su recomendación final es que los restauranteros se acerquen a los despachos para que les aclaren el panorama y la viabilidad del amparo, que dependen de las circunstancias particulares de cada caso. Los restauranteros que busquen ampararse tienen hasta el 24 de febrero del 2023, de acuerdo con Canirac.
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“¿Apaga su cigarro, por favor?”
Daniela Mijares considera que las autoridades son omisas en dejar todo el trabajo de comunicación de las nuevas reglas sólo en manos de los restauranteros. “Nos dejan la responsabilidad de decirle a un comensal que ya no puede fumar. Es muy complejo porque va a haber molestia. Habrá gente que no lo sepa, habrá comensales que estén con sus copitas en la sobremesa y no les parezca correcto…”, argumenta.
Canirac invita al gremio restaurantero a acercarse a sus representaciones estatales para recibir asesoría no sólo en el tema legal, también en aspectos operativos. Gerentes, meseros, bartenders… todo el personal tiene que saber cómo lidiar con el disgusto de los consumidores o con los posibles excesos de las autoridades en sus verificaciones. “A nosotros nos toca la responsabilidad de capacitar y comunicar. Pase lo que pase con los amparos”, concluye Mijares.