A partir de mañana, jueves 21 de diciembre de 2023, entrará en vigor el decreto que establece que será la Secretaría de Educación Pública (SEP), la encargada de establecer los lineamientos a que deberá sujetarse la preparación, distribución y expendio de alimentos y bebidas preparados (procesados y a granel) dentro de todas las escuelas del país.
El decreto se publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de salud alimentaria en las escuelas. Con el nuevo ordenamiento se modificó el artículo 75 de la Ley General de Educación.
Se establece que la SEP tendrá un plazo no mayor a 180 días para actualizar los lineamientos generales para el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados en las escuelas. Se promueve la venta de alimentos y bebidas naturales y preparados que sean saludables, sostenibles y de la región, así como el consumo del agua simple.
El decreto también señala que las autoridades educativas promoverán, ante las autoridades correspondientes, la prohibición de la venta y publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional en los planteles educativos y sus inmediaciones. Esto basándose en los criterios nutrimentales incluidos en el artículo 212 de la Ley General de Salud (donde se contempla el etiquetado que entró en vigor desde 2020).
“Las cooperativas, establecimientos de consumo escolar, comedores y máquinas expendedoras o sus equivalentes… …tendrán un compromiso para fomentar estilos de vida saludables en la alimentación de los educandos”, se lee en el decreto.
Las personas responsables de la aplicación y vigilancia de las disposiciones al interior de las escuelas serán los directivos y las autoridades escolares.
Desde 2010 existe el acuerdo que establece los lineamientos generales para el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados en las escuelas del Sistema Educativo Nacional. Sin embargo, no se han dado sanciones por incumplirlo.