Para homologar criterios entre reguladores y regulados, la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) publicó el Manual de la Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051. El documento de 72 páginas será el criterio que usen los verificadores a nivel nacional para ejecutar las sanciones correspondientes.
A partir del 1 junio entrante, la autoridad tendrá la facultad de sancionar a productores y comercializadores de alimentos y bebidas no alcohólicas que no cumplan con las especificaciones. El documento especifica el tipo de información nutrimental y comercial que deben incluir las etiquetas.
Además de la normativa vigente desde el 1 de octubre pasado, respecto de la información nutrimental se revisará que se cumpla con el reporte de azúcares añadidos, la separación de azúcares y calorías; así como con las evaluaciones por separado de grasas saturadas, grasas trans, calorías y sodio.
Sobre la información comercial, el foco estará en la desaparición de mascotas y personajes de los empaques, en caso de que incluyan sellos, y en sustituir la palabra “tipo” por “imitación”, en negritas y mayúsculas que deberá aparecer en la parte frontal de los alimentos y bebidas que correspondan.
Aquí puedes consultar el manual.